Illinois ha publicado reglas preliminares que explican cuándo su impuesto del 0.2% sobre activos digitales podría aplicarse a operaciones con criptomonedas, transferencias entre billeteras, stablecoins, transacciones DeFi y actividad entre cadenas a partir del 1 de enero de 2027.
Resumen
- El impuesto del 0.2% sobre activos digitales de Illinois está programado para entrar en vigor en todo el estado el 1 de enero de 2027.
- Las reglas preliminares tratan las stablecoins como activos digitales gravables, mientras que excluyen por completo los tokens no fungibles de su cobertura.
- Las transacciones DeFi evitan el impuesto a menos que las plataformas cobren tarifas de protocolo u otros pagos de contraprestación valiosa calificados.
- Las transferencias de un exchange a la autocustodia pueden volverse gravables cuando un bróker cobra a los clientes una tarifa por completarlas.
- Illinois acepta comentarios hasta el 30 de octubre antes de presentar formalmente las regulaciones fiscales propuestas en todo el estado.
El Departamento de Ingresos de Illinois dijo el 28 de septiembre que la propuesta sigue en forma de borrador y está abierta a comentarios públicos hasta el 30 de octubre. El departamento aún no ha presentado las reglas ante el Secretario de Estado de Illinois ni las ha sometido al Comité Conjunto de Reglas Administrativas.
La Ley del Impuesto sobre Activos Digitales subyacente ya es ley. El gobernador JB Pritzker aprobó la medida el 16 de junio como parte de la Ley Pública 104-468, y el nuevo impuesto está programado para comenzar el próximo año. El estatuto impone un gravamen del 0.2% sobre el valor de los activos digitales involucrados cuando un cliente de Illinois recibe servicios cubiertos de exchange, transferencia o almacenamiento de un bróker de activos digitales.
El impuesto sobre criptomonedas de Illinois cubriría las stablecoins pero no los NFT
Para los usuarios comunes, uno de los puntos más claros del borrador se refiere a las stablecoins.
Las reglas propuestas clasifican las stablecoins como activos digitales incluso cuando están diseñadas para mantener un valor fijo frente a monedas fiduciarias, materias primas u otros instrumentos financieros. Los funcionarios de Illinois razonan que la exclusión estatutaria para algunas representaciones digitales no de inversión no se extiende a un activo comercializado para mantener un valor nominal efectivamente fijo.
Los NFT reciben un tratamiento diferente. El borrador del departamento dice que las transacciones que involucran tokens no fungibles quedan fuera del impuesto porque la definición estatal subyacente excluye las representaciones digitales con valor o utilidad más allá de simplemente existir como activos digitales, incluidos el arte, los coleccionables y la propiedad intelectual.
Los valores y materias primas tokenizados aparecen en el mismo grupo de exclusiones estatutarias descritas en el borrador. La regla propuesta los enumera entre los equivalentes digitales de bienes tangibles o intangibles con valor o utilidad separados.
El impuesto en sí se calcula a partir del valor del activo digital involucrado, no meramente de la tarifa del bróker. El borrador dice que los brókeres deben determinar ese valor en dólares estadounidenses cuando se complete la actividad cubierta, utilizando su propio precio spot o, cuando no esté disponible, un punto de referencia de un proveedor regulado de datos de mercado.
Algunas operaciones DeFi podrían escapar del cargo del 0.2%
La actividad DeFi no activaría automáticamente el impuesto sobre criptomonedas de Illinois.
El borrador afirma que las transacciones en exchanges descentralizados generalmente quedan fuera del gravamen cuando los usuarios no proporcionan lo que las reglas llaman “contraprestación valiosa” a un bróker de activos digitales. Las tarifas de red pagadas a mineros o validadores no califican, mientras que las tarifas de swap dirigidas únicamente a proveedores de liquidez también quedan excluidas.
Un resultado diferente se aplica cuando una plataforma DeFi cobra una tarifa por operar o mantener el servicio. El departamento clasifica las tarifas de protocolo cobradas por la plataforma como contraprestación valiosa, lo que hace que la actividad asociada de exchange, transferencia o almacenamiento sea potencialmente gravable.
Según otra sección, un exchange descentralizado que cobra tarifas de protocolo puede calificar como bróker de activos digitales. Una plataforma entre pares cuyas tarifas de swap van únicamente a los pools de liquidez no cumpliría esa definición según las reglas propuestas.
Las tarifas de gas de la red permanecen fuera del cálculo porque el borrador las define como pagos realizados directamente por el procesamiento en la cadena de bloques y enviados a mineros o validadores, no como tarifas cobradas por el exchange o el proveedor de servicios de activos digitales.
Mover cripto a tu propia billetera puede ser gravado
Las reglas dan un ejemplo directo que involucra la autocustodia.
Un residente de Illinois que mueva activos digitales desde una billetera controlada por un exchange a una billetera gestionada personalmente enfrentaría el impuesto cuando el exchange centralizado cobre una tarifa para completar la transferencia. El ejemplo del departamento trata al exchange como un corredor que proporciona una transferencia por una contraprestación valiosa.
La propiedad no necesariamente tiene que cambiar. Una transferencia entre dos cuentas pertenecientes al mismo cliente puede ser gravable cuando un corredor cobra una tarifa y el movimiento crea una entrada en la cadena de bloques.
Las transferencias directas de persona a persona funcionan de manera diferente según el borrador. Si dos personas transfieren cripto entre billeteras controladas personalmente sin un corredor u otro intermediario pagado, la transacción no estaría sujeta al impuesto.
Las reglas trazan otra línea en torno a la contabilidad interna de cuentas. En un ejemplo, un banco cambia los saldos entre dos cuentas de clientes mientras las monedas reales permanecen en una billetera de custodia común. Debido a que nada se mueve en la cadena de bloques, el departamento dice que la transacción no crea un evento gravable.
Los pagos por bienes pueden caer dentro del marco cuando se involucra un servicio de terceros. La propuesta describe a un cliente de Illinois pagando a un comerciante desde una billetera gestionada por un exchange. Si el exchange cobra al cliente una tarifa de transferencia, la transferencia de activos digitales se vuelve gravable.
El minorista que recibe cripto no se convierte en un corredor de activos digitales simplemente por aceptarlo como pago, según las reglas propuestas.
Los puentes cripto pueden contar como intercambios gravables
Los puentes entre cadenas se incluyen explícitamente en la definición de actividad de intercambio del borrador.
Illinois describe el puenteo como el intercambio de activos digitales de una red de cadena de bloques a otra. Cuando un corredor de activos digitales realiza esa actividad por una contraprestación, el impuesto del 0.2% puede aplicarse al valor de los activos involucrados.
Las operaciones al contado, las compras de cripto usando moneda fiduciaria y las conversiones de vuelta a moneda tradicional se enumeran como otros ejemplos de actividad de intercambio. Las liquidaciones de derivados entregados físicamente pueden caer dentro de las reglas, incluidos los derivados liquidados en efectivo cuando la liquidación utiliza stablecoins, mientras que los derivados liquidados en moneda fiduciaria quedan excluidos según el borrador actual.
La tasa estatutaria sigue siendo del 0.2%. Por ejemplo, aplicar esa tasa a $10,000 de activos digitales cubiertos produciría un impuesto de $20, independientemente de si la ganancia o pérdida del cliente en el activo fue positiva. La ley basa el gravamen en la actividad comercial de activos digitales cubiertos, no en las ganancias de capital.
Ciertos corredores con sede fuera de Illinois pueden entrar dentro del marco del estado. El borrador dice que un corredor remoto califica como que mantiene un lugar de negocios en Illinois cuando los ingresos brutos por servicios cubiertos vendidos a clientes de Illinois alcanzan al menos $100,000.
Como se informó anteriormente, el nuevo impuesto sobre cripto de Illinois requiere que los corredores cubiertos recauden y reporten el gravamen una vez que comience la implementación. La ley promulgada requiere que el impuesto aparezca por separado del precio de compra del servicio cuando se recaude.
Los desafíos judiciales podrían afectar lo que suceda a continuación
La fecha de inicio del 1 de enero permanece en la ley estatal, pero el impuesto enfrenta varios desafíos.
La Blockchain Association y Crypto Council for Innovation pidieron a un tribunal del condado de Sangamon el 9 de septiembre una orden judicial preliminar que detuviera la aplicación mientras avanza su demanda. Los grupos argumentan que el impuesto viola la ley federal y la ley de Illinois y dicen que las empresas ya están gastando dinero preparando sistemas de cumplimiento. No se había reportado que Illinois haya sido impedido de aplicar la medida hasta las últimas actualizaciones disponibles.
En una cobertura relacionada, los dos grupos cripto demandaron a Illinois en agosto buscando bloquear el impuesto del 0,2%. Sus afirmaciones incluyen presuntas violaciones de la Ley federal de Libertad Fiscal en Internet y protecciones constitucionales. Esos argumentos son alegaciones hechas por los demandantes y no han sido establecidos por una sentencia judicial firme.
La Digital Chamber presentó una demanda separada en julio. Como informó previamente crypto.news, la organización argumenta que Illinois trata ilegalmente la actividad basada en blockchain de manera diferente a transacciones financieras tradicionales comparables. Illinois defiende un estatuto promulgado que sigue programado para entrar en vigor a menos que sea derogado, modificado o bloqueado por un tribunal.
Una propuesta de derogación sigue pendiente en la Cámara de Illinois. El HB 5798 eliminaría la Ley del Impuesto sobre Activos Digitales, pero el último registro de la Asamblea General muestra que la medida ha permanecido en la etapa de presentación mientras ganaba patrocinadores adicionales durante septiembre.
El plazo administrativo inmediato llega primero. IDOR está aceptando comentarios sobre su borrador hasta el cierre de operaciones del 30 de octubre, después de lo cual las reglas aún deben pasar por el proceso formal de reglamentación de Illinois. El departamento señala expresamente que la versión actual aún no ha sido presentada ante el Secretario de Estado ni sometida a JCAR.






